Todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que hayan laborado durante todo el semestre (enero-junio o julio-diciembre). Si trabajaste menos tiempo, recibes la parte proporcional.
Se incluye el sueldo básico más la asignación familiar (si corresponde). No se incluyen horas extras, comisiones, bonificaciones extraordinarias u otros conceptos de naturaleza excepcional.
Es un pago adicional equivalente al 9% de la gratificación que debe pagar el empleador. Este monto está destinado a cubrir los aportes del trabajador (ONP o AFP) y EsSalud que corresponden a la gratificación.
Sí, están afectas al impuesto a la renta de quinta categoría y a los aportes previsionales (ONP 13% o AFP). La bonificación del 9% está destinada precisamente a cubrir estos aportes.
La gratificación de julio (Fiestas Patrias) debe pagarse en la primera quincena de julio, y la de diciembre (Navidad) en la primera quincena de diciembre. El empleador puede dar adelantos durante el semestre.