Tipo: Residencial
Municipio: Caracas
Tarifa aplicada: 0.9%
Descuentos:
Rango de Avalúo | Residencial | Comercial/Industrial |
---|---|---|
Hasta Bs. 500,000 | 0.5% | 1.0% |
Bs. 500,001 - Bs. 2,000,000 | 0.8% | 1.5% |
Bs. 2,000,001 - Bs. 5,000,000 | 1.2% | 2.0% |
Bs. 5,000,001 en adelante | 1.5% | 2.5% |
Nota: Las tarifas pueden variar según el municipio. Consulta con tu alcaldía para tarifas específicas.
El impuesto inmobiliario urbano grava la propiedad de bienes inmuebles ubicados en áreas urbanas. Se calcula sobre el avalúo catastral con tarifas del 0.5% al 2.5% según el valor y uso del inmueble. Cada municipio administra su recaudación y puede establecer tarifas específicas dentro de los rangos legales. Se paga anualmente en cuotas trimestrales.
Los principales descuentos incluyen: 50% para vivienda principal (residencia habitual del contribuyente), descuentos para adultos mayores de 60 años, pronto pago (10% pagando en enero), contribuyente cumplido (5% sin multas pendientes), y descuentos especiales para personas con discapacidad. Los descuentos pueden acumularse según cada municipio.
El impuesto se paga anualmente en 4 cuotas trimestrales: enero, abril, julio y octubre. Puedes pagar en las oficinas municipales, bancos autorizados o en línea donde esté disponible. Los pagos anticipados del año completo suelen tener descuentos del 10%. El no pago genera intereses moratorios y puede resultar en medidas de cobranza coactiva.
Los municipios actualizan los avalúos catastrales considerando: ubicación del inmueble, características físicas (área, construcciones, acabados), servicios disponibles (agua, electricidad, vialidad), y valores comerciales de la zona. Los propietarios pueden solicitar revisión del avalúo presentando documentación técnica si consideran que está sobrevaluado.
El atraso genera intereses moratorios según las tasas establecidas por cada municipio. Después del período de gracia, el municipio puede iniciar procedimiento de cobranza coactiva que incluye: embargo de cuentas bancarias, retención de salarios, embargo del inmueble, y eventualmente remate público del bien. También se impide realizar transferencias del inmueble sin estar solvente.