⚠️ Importante: El Impuesto sobre el Patrimonio está prácticamente eliminado en la mayoría de comunidades autónomas mediante bonificaciones del 100%. Solo se aplica efectivamente en algunas regiones.
Información: Esta calculadora te ayuda a determinar si debes presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y calcular el impuesto teórico según tu comunidad autónoma.
Calculadora Básica - Impuesto de Patrimonio
Valor de todos tus bienes y derechos
Hipotecas, préstamos personales, etc.
Exención hasta €300,000
Resultado - Impuesto de Patrimonio
Patrimonio Bruto: €
Deudas Deducibles: €
Exención Vivienda Habitual: €
Base Imponible: €
Cuota Tributaria (teórica): €
Bonificación Autonómica: %
Impuesto Final a Pagar: €
¿Obligado a declarar?
Información Importante
Patrimonio Detallado por Categorías
🏠 Bienes Inmuebles
💰 Dinero y Depósitos
📈 Acciones y Valores
💍 Joyas y Objetos de Arte
🚗 Vehículos y Otros
🏢 Participaciones Empresariales
Resultado - Análisis Detallado
Patrimonio Total: €
Patrimonio Neto: €
Base Imponible (tras exenciones): €
Cuota Teórica: €
Comparativa por Comunidades Autónomas
Comparativa Impuesto de Patrimonio por CC.AA.
Información sobre el Impuesto de Patrimonio en España
📊 Situación Actual
Prácticamente eliminado: Bonificación 100% en la mayoría de CC.AA.
Solo se paga efectivamente en: Cataluña y algunos casos especiales
Obligación de declarar: Patrimonio > €2,000,000
Mínimo exento: €700,000
🏠 Exenciones
Vivienda habitual: Hasta €300,000
Objetos de arte y antigüedades: Condiciones especiales
Participaciones empresariales: Exenciones bajo ciertas condiciones
Seguros de vida: Rescate menor a €240,000
💰 Tarifa Estatal
Tipo mínimo: 0.20%
Tipo máximo: 2.50%
Progresiva: Aumenta con el patrimonio
Competencia autonómica: Pueden bonificar
💡 Recomendaciones
Consulta la normativa específica de tu comunidad autónoma
Considera la planificación patrimonial si tienes patrimonio elevado
Ten en cuenta que las bonificaciones pueden cambiar
Para patrimonios complejos, consulta con un asesor fiscal
Nota: Los cálculos son orientativos y se basan en la normativa estatal. Consulte siempre la normativa específica de su comunidad autónoma.