Categoría: Bienes y Servicios Generales
Operación: Agregar IVA al precio base
Tarifa aplicada: 22%
Categoría | Tarifa IVA | Ejemplos |
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Bienes y Servicios Generales | 22% | Ropa, electrodomésticos, servicios comerciales |
Productos de Primera Necesidad | 10% | Alimentos básicos, productos de higiene personal |
Medicamentos | 0% | Medicinas de uso humano |
Servicios Educativos | 0% | Educación en todos los niveles |
Servicios Financieros | 0% | Operaciones bancarias, seguros |
Exportaciones | 0% | Bienes y servicios de exportación |
Nota: Consulta DGI (Dirección General Impositiva) para clasificaciones específicas de productos y servicios.
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) en Uruguay es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. La tasa básica es del 22% y existe una tasa mínima del 10% para productos esenciales. El IVA se aplica en cada etapa de comercialización, pero las empresas pueden descontar el IVA pagado en sus compras (crédito fiscal) del IVA cobrado en sus ventas (débito fiscal), pagando solo la diferencia neta al Estado.
La tasa mínima del 10% se aplica a productos de primera necesidad como: alimentos básicos (pan, leche, carne, frutas, verduras), productos de higiene personal básicos, medicamentos no cubiertos por el sistema de salud, libros y materiales educativos, servicios de transporte público, suministro domiciliario de energía eléctrica y gas, servicios de telecomunicaciones básicos, y algunos servicios de salud específicos.
Están exentos de IVA en Uruguay: medicamentos incluidos en el Formulario Terapéutico Nacional, servicios educativos en todos los niveles, servicios de salud prestados por instituciones habilitadas, exportaciones de bienes y servicios, operaciones financieras y de seguros, servicios de interés general como agua potable y saneamiento, actividades culturales y deportivas sin fines de lucro, y viviendas de interés social bajo ciertas condiciones.
Las empresas deben registrarse en el IVA cuando realizan actividades gravadas con este impuesto y superan el umbral de facturación anual establecido por la DGI (aproximadamente $400,000 anuales). Una vez inscriptas, deben emitir facturas con IVA incluido, llevar registros contables, presentar declaraciones mensuales, y pueden utilizar el sistema de crédito fiscal. Las empresas exportadoras pueden inscribirse independientemente del monto de facturación.
Los responsables del IVA deben presentar declaraciones mensuales hasta el día 20 del mes siguiente al período declarado. La declaración se realiza en línea a través del portal de la DGI e incluye: ventas gravadas por cada tasa, ventas exentas, compras con derecho a crédito fiscal, IVA débito fiscal, IVA crédito fiscal, y el saldo resultante. Si hay saldo a favor, se puede solicitar devolución o imputar a períodos siguientes. El pago se realiza a través del sistema bancario.