Categoría: Bienes y Servicios Generales
Operación: Agregar IVA al precio base
Tarifa aplicada: 13%
Categoría | Tarifa IVA | Ejemplos |
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Bienes y Servicios Generales | 13% | Ropa, electrodomésticos, servicios comerciales |
Alimentos de Primera Necesidad | 0% | Pan, leche, arroz, carne, pollo |
Medicamentos | 0% | Medicinas de uso humano |
Servicios Básicos | 0% | Agua potable, energía eléctrica, gas domiciliario |
Servicios Educativos | 0% | Educación formal en todos los niveles |
Exportaciones | 0% | Bienes y servicios de exportación |
Nota: Consulta el SIN (Servicio de Impuestos Nacionales) para clasificaciones específicas de productos.
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) en Bolivia es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios con una tasa general del 13%. Se aplica en cada etapa de la cadena de comercialización, permitiendo el crédito fiscal por el IVA pagado en compras. Los contribuyentes pueden descontar el IVA pagado en sus adquisiciones del IVA cobrado en sus ventas, pagando solo la diferencia al Estado.
Están exentos del IVA en Bolivia: alimentos de primera necesidad (pan, leche, carne, arroz, azúcar, aceite, etc.), medicamentos de uso humano, servicios básicos (agua potable, energía eléctrica, gas domiciliario), servicios educativos en todos los niveles, servicios de salud, exportaciones de bienes y servicios, libros y material didáctico, transporte público de pasajeros, y algunos servicios financieros específicos.
Debe registrarse como responsable del IVA en Bolivia toda persona natural o jurídica que realice actividades gravadas con este impuesto, independientemente del monto de facturación. El registro debe realizarse antes del inicio de actividades en las oficinas del SIN. Los responsables inscritos deben emitir facturas con el IVA desglosado y pueden utilizar el crédito fiscal del IVA pagado en sus compras.
Los responsables del IVA deben presentar declaraciones mensuales hasta el día 20 del mes siguiente al período declarado. La declaración se presenta en línea a través del sistema del SIN o en las oficinas distritales. Debe incluir las ventas gravadas, ventas exentas, compras gravadas, IVA débito fiscal, IVA crédito fiscal, y el saldo resultante a pagar o el saldo a favor del contribuyente.
El crédito fiscal es el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios destinados a actividades gravadas con este impuesto. Los responsables pueden descontar este IVA del impuesto que deben pagar por sus ventas. Para tener derecho al crédito fiscal, las compras deben estar respaldadas por facturas válidas emitidas por responsables inscritos en el IVA, y los bienes o servicios deben estar relacionados con la actividad gravada del contribuyente.