Salario mensual: RD$ 35,000.00
= Salario para aguinaldo: RD$ 35,000.00
Meses trabajados: 8.6 de 12 meses
Porcentaje a pagar: 72.0%
Fórmula: (RD$ 35,000.00 × 8.6) ÷ 12
Aguinaldo a pagar: RD$ 25,199.85
* Pago proporcional por tiempo trabajado menor a 12 meses
El aguinaldo o regalía pascual es un beneficio laboral obligatorio en República Dominicana, equivalente a un salario mensual que debe pagarse antes del 20 de diciembre.
Sí, todos los trabajadores que hayan laborado al menos un mes tienen derecho al aguinaldo proporcional. Esto incluye empleados fijos, temporales, de prueba, y trabajadores domésticos. Solo están excluidos los funcionarios públicos que reciben gratificación navideña por ley especial.
Se debe tomar el salario vigente al momento del cálculo (noviembre-diciembre). Si hubo aumentos salariales durante el año, se usa el salario actual. Esto incluye el salario base más comisiones habituales, bonificaciones regulares y el promedio mensual de horas extras del último trimestre.
El aguinaldo está exento de ISR hasta el equivalente a 4 salarios mínimos nacionales (aproximadamente RD$84,000 en 2025). Si el aguinaldo supera este monto, el excedente sí está gravado con impuesto sobre la renta. No se aplican descuentos de TSS sobre el aguinaldo.
Tienes derecho al aguinaldo proporcional al tiempo trabajado, que debe pagarse junto con las demás prestaciones laborales al momento de la terminación del contrato. El empleador no puede negar este pago por el hecho de que renuncies antes de diciembre.
No, el aguinaldo debe pagarse completo y de una sola vez antes del 20 de diciembre. Sin embargo, el empleador puede optar por pagarlo antes de esta fecha. Cualquier acuerdo para dividir el pago debe ser voluntario y por escrito, y no es recomendable ya que el empleado perdería la protección legal.