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Calculadora de impuesto sobre bienes inmuebles Costa Rica 2026

Respuesta rápida

El impuesto sobre bienes inmuebles aplica el 0,25 % al valor imponible. Si procede la exención para un único inmueble, la herramienta grava solo el exceso reconocido para 2026.

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Metodología y alcance

La Ley N.º 7509 establece un impuesto anual a favor de las municipalidades. La tarifa es 0,25% sobre el valor del inmueble registrado por la administración tributaria municipal al 1 de enero.

Para 2026, una persona física cuyo inmueble sea su único bien inmueble tiene un monto no afecto de ₡20.799.000, equivalente a 45 salarios base de ₡462.200. Si el valor registrado supera ese monto, el 0,25% se aplica únicamente al exceso.

No existen en este cálculo: rangos progresivos, multiplicadores nacionales por uso residencial/comercial/industrial, ni diferencias de tarifa por provincia. Esos elementos de la versión anterior no aparecen en la Ley 7509.

Incluye: impuesto anual general para una persona propietaria del 100% del inmueble.

No incluye: copropiedad, exenciones institucionales o sectoriales, impuesto solidario sobre casas de lujo, multas, intereses, tasas municipales, avalúos ni descuentos. La forma y fechas de pago se confirman con la municipalidad del cantón.

Fuentes oficiales: Ley N.º 7509, texto vigente · Resolución MH-DGH-RES-0001-2026. Verificado el 10 de agosto de 2026.

Nota: estimación educativa; el estado de cuenta y el valor municipal prevalecen.

Preguntas frecuentes

¿La tarifa cambia según el valor o el tipo de inmueble?

No en la Ley 7509: la tarifa nacional es plana, 0,25%. El uso y las características sí pueden influir en la valoración municipal, pero no crean los multiplicadores que aparecían en la calculadora anterior.

¿“Bien único” significa primera vivienda?

No. La norma exige que sea el único bien inmueble del sujeto pasivo, persona física. No basta con que sea la primera compra o la residencia principal.

¿El impuesto se paga al Gobierno central?

No. La ley lo establece a favor de las municipalidades, que administran, valoran, facturan y recaudan en su territorio.

¿Esta calculadora incluye el impuesto solidario a viviendas de alto valor?

No. Ese es un tributo distinto, con umbrales y escala propios, y no debe mezclarse con el impuesto municipal sobre bienes inmuebles.

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Vigencia y fuentes

Año de cálculo: 2026 · Año fiscal: 2026 · Vigencia: 2026-01-01 a 2026-12-31 · Verificado: 2026-08-10.

Estimación educativa. Los supuestos indicados y la situación particular pueden cambiar el resultado.

Preguntas Frecuentes

¿La tarifa cambia según el valor o el tipo de inmueble?

No en la Ley 7509: la tarifa nacional es plana, 0,25%. El uso y las características sí pueden influir en la valoración municipal, pero no crean los multiplicadores que aparecían en la calculadora anterior.

¿“Bien único” significa primera vivienda?

No. La norma exige que sea el único bien inmueble del sujeto pasivo, persona física. No basta con que sea la primera compra o la residencia principal.

¿El impuesto se paga al Gobierno central?

No. La ley lo establece a favor de las municipalidades, que administran, valoran, facturan y recaudan en su territorio.

¿Esta calculadora incluye el impuesto solidario a viviendas de alto valor?

No. Ese es un tributo distinto, con umbrales y escala propios, y no debe mezclarse con el impuesto municipal sobre bienes inmuebles.