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Calculadora de Aguinaldo - Puerto Rico

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📊 Información sobre el Aguinaldo

Ley de Bono de Navidad

El Bono de Navidad es obligatorio en Puerto Rico para empleados que trabajen 700+ horas al año, equivale a 1 mes de salario regular.

Características del Aguinaldo

  • Cantidad: 1 mes de salario regular
  • Requisito: 700+ horas trabajadas
  • Fecha límite: 15 de diciembre
  • Proporcional: Si trabaja menos de 12 meses
  • Incluye: Salario, horas extras regulares, comisiones
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Preguntas Frecuentes sobre Aguinaldo en Puerto Rico

¿Qué es el Bono de Navidad y quién tiene derecho?

El Bono de Navidad (aguinaldo) es una compensación obligatoria equivalente a un mes de salario regular que deben recibir todos los empleados que hayan trabajado al menos 700 horas durante el año. Se calcula basándose en el salario regular, horas extras habituales, comisiones y bonificaciones regulares. Aplica a empleados de tiempo completo, parcial, temporeros y domésticos, sin importar el tamaño de la empresa.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

Si el empleado trabajó menos de 12 meses pero más de 700 horas, el aguinaldo se calcula proporcionalmente: (meses trabajados ÷ 12) × salario mensual promedio. Por ejemplo, si trabajó 8 meses con salario de $3,000, recibirá (8÷12) × $3,000 = $2,000. Se incluyen en el cálculo el salario base, horas extras regulares, comisiones habituales y bonificaciones que se paguen regularmente.

¿Cuáles son las fechas límite para el pago del aguinaldo?

El Bono de Navidad debe pagarse antes del 15 de diciembre del año correspondiente. Si el empleado fue despedido durante el año, debe recibir su aguinaldo proporcional junto con su liquidación final. En caso de muerte del empleado, el aguinaldo se paga a los beneficiarios. El incumplimiento de estas fechas puede resultar en multas para el patrono y reclamos del Departamento del Trabajo.

¿Está sujeto el aguinaldo a retenciones e impuestos?

Sí, el Bono de Navidad está sujeto a todas las retenciones normales: Seguro Social (6.2%), Medicare (1.45%), Seguro por Desempleo (SUTA), y retención de ISI según corresponda. También puede estar sujeto a otras deducciones voluntarias como seguros, fondos de pensión o préstamos. El aguinaldo se considera ingreso regular para efectos contributivos y debe reportarse en el W-2 anual del empleado.

¿Qué pasa si el patrono no paga el aguinaldo?

Si el patrono no paga el Bono de Navidad, el empleado puede radicar una querella ante el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico. Las penalidades incluyen: pago del aguinaldo completo más intereses, multa administrativa de hasta $5,000, posible orden de embargo de cuentas bancarias, y en casos extremos, cargos criminales por violación de la Ley de Bono de Navidad. El empleado tiene hasta 3 años para reclamar aguinaldos no pagados.

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