Programa | Empleado | Empleador | Estado | Total |
---|---|---|---|---|
Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) | 9.75% | 3.25% | 0.50% | 13.50% |
Riesgos Profesionales | 0.00% | 1.38% | 0.00% | 1.38% |
Enfermedad y Maternidad | 8.00% | 10.75% | 0.00% | 18.75% |
TOTAL | 17.75% | 15.38% | 0.50% | 33.63% |
Techo contributivo 2025: $3,500 mensuales
La CSS administra tres programas: Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) para pensiones, Enfermedad y Maternidad para salud, y Riesgos Profesionales. Los empleadores deben cotizar 33.63% del salario: 17.75% del empleado + 15.38% del empleador + 0.50% del Estado (solo IVM).
Los aportes dan derecho a: atención médica y hospitalaria gratuita, subsidios por enfermedad y maternidad, pensión por vejez (62 años hombres, 57 mujeres), pensión por invalidez, pensión de sobrevivientes, cobertura por riesgos laborales, y medicamentos subsidiados. También acceso a programas preventivos de salud.
Es el salario máximo sobre el cual se calculan los aportes ($3,500 mensuales en 2025). Si ganas más, solo pagas sobre este monto máximo. Sin embargo, los beneficios futuros también se calculan con base en este techo. Algunos empleados de altos ingresos optan por seguros privados complementarios.
Edad ordinaria: 62 años hombres, 57 mujeres con mínimo 20 años de cotizaciones (240 cuotas). Jubilación anticipada: 55 años con 25 años de cotizaciones pero con reducción. Algunos trabajos de alto riesgo tienen reglas especiales. Se requiere estar al día en cotizaciones al momento de solicitar la pensión.
Los independientes deben inscribirse y cotizar por cuenta propia sobre sus ingresos declarados. Si tienes múltiples empleos, cada empleador debe cotizar, pero sin superar el techo contributivo total. Los aportes de todos los empleos se suman para efectos de derechos y beneficios futuros.