Concepto | Trabajador | Empleador | Total |
---|---|---|---|
Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte | 4.0% | 7.0% | 11.0% |
Seguro de Enfermedad y Maternidad | 2.25% | 6.0% | 8.25% |
Seguro de Riesgos Profesionales | 0.0% | 0.5%-4.0% | 0.5%-4.0% |
TOTAL MÍNIMO | 6.25% | 13.5% | 19.75% |
TOTAL MÁXIMO | 6.25% | 17.0% | 23.25% |
Salario mínimo 2025: C$ 6,518.13 (sector no agropecuario)
Techo cotizable: C$ 130,362.60 mensual
El INSS administra tres seguros: Vejez, Invalidez y Muerte (VIM) con aportes del 11% total, Enfermedad y Maternidad (E&M) con 8.25% total, y Riesgos Profesionales (RP) del 0.5% al 4% a cargo del empleador. Los trabajadores aportan 6.25% total y empleadores entre 13.5% y 17%. El techo cotizable es C$ 130,362.60 mensual.
Los aportes dan derecho a: atención médica en centros del INSS, medicamentos a precio subsidiado, subsidios por enfermedad (60% del salario), licencia de maternidad (60% por 12 semanas antes y después del parto), pensión de vejez (desde 60 años), pensión por invalidez, pensión de sobrevivencia para beneficiarios, y prestaciones por riesgos profesionales.
Pensión de vejez: 60 años de edad con 750 semanas cotizadas (14.4 años) o 65 años con 250 semanas cotizadas (4.8 años). La pensión se calcula sobre el promedio de los últimos 250 salarios semanales cotizados. La pensión mínima equivale al salario mínimo vigente y la máxima es el 100% del salario base de cotización.
Los trabajadores independientes pueden afiliarse voluntariamente al INSS bajo el Régimen Facultativo. Deben cotizar sobre la base de sus ingresos declarados (mínimo sobre el salario mínimo). Aportan el porcentaje completo trabajador + empleador. Tienen derecho a los mismos beneficios que los dependientes, pero deben mantenerse al día en sus cotizaciones.
Para acceder a servicios médicos debes estar al día en cotizaciones (máximo 4 meses de atraso). Los subsidios por enfermedad se pagan desde el 4° día de incapacidad. La licencia de maternidad cubre 12 semanas (4 antes y 8 después del parto) con 60% del salario. Los accidentes laborales se cubren desde el primer día con 60% del salario durante el tratamiento.