Rango de Valor (USD $) | Tasa | Observaciones |
---|---|---|
Hasta 30,000 | 0.00% | Exento |
30,001 - 50,000 | 0.10% | Sobre el excedente |
50,001 - 100,000 | 0.20% | Sobre el excedente |
100,001 - 200,000 | 0.35% | Sobre el excedente |
200,001 en adelante | 0.60% | Sobre el excedente |
Están sujetas todas las propiedades inmuebles (casas, apartamentos, locales comerciales, terrenos, bodegas) con valor superior a $30,000 ubicadas en territorio salvadoreño. Se incluyen propiedades de salvadoreños y extranjeros. El valor se determina según avalúo catastral actualizado o valor de mercado, el que sea mayor.
La primera vivienda está 100% exenta hasta $30,000 si es tu residencia principal. Solo puedes aplicar este beneficio una vez en la vida y se pierde permanentemente si vendes la propiedad. Debes demostrar que es tu domicilio habitual mediante DUI y servicios básicos. La exención no aplica a propiedades de alquiler o inversión.
Se utiliza el valor catastral oficial del CNR (Centro Nacional de Registros) actualizado, o el valor de mercado según avalúo profesional, el que sea mayor. Las propiedades se revalúan cada 5 años aproximadamente. Si consideras que la valoración es incorrecta, puedes solicitar revisión con avalúo de arquitecto o ingeniero civil autorizado.
Si pagas todo el impuesto antes del 31 de marzo, obtienes 10% de descuento sobre el monto total. También puedes dividir el pago en hasta 4 cuotas trimestrales sin recargos. El atraso en pagos genera intereses moratorios del 1.5% mensual más multas que pueden llegar hasta el 100% del impuesto adeudado.
Los extranjeros pagan las mismas tarifas que los salvadoreños. Si tienes múltiples propiedades, cada una se evalúa independientemente, pero solo puedes aplicar la exención de primera vivienda a una. Las empresas pagan sobre todas sus propiedades sin exenciones especiales, pero pueden deducir el impuesto como gasto empresarial en su declaración de renta.