🇪🇸 Calculadora de Pagas Extra España 2026
La paga extra de verano y la de Navidad equivalen normalmente a un mes de salario base cada una (según convenio colectivo, sin complementos salvo que el convenio los incluya). Si no has trabajado el año completo, la paga es proporcional: salario base ÷ 12 × meses trabajados. Ejemplo: con 1.500€ de salario base y 8 meses trabajados, la paga extra es de 1.000€. La de verano se cobra en junio/julio y la de Navidad antes del 22 de diciembre.
Calculadora de Pagas Extra - Método Estándar
Cálculo con Prorrateo Mensual
Cálculo por Convenio Colectivo
Información sobre Pagas Extraordinarias en España
📅 Fechas de Pago
- Paga de Verano: Antes del 30 de junio
- Paga de Navidad: Antes del 22 de diciembre
- Algunos convenios fijan fechas específicas
- Se puede pactar el prorrateo mensual
💰 Base de Cálculo
- Salario base del convenio
- Complementos personales (antigüedad)
- Pluses incluidos según convenio
- Proporción según meses trabajados
⚖️ Aspectos Legales
- Derecho reconocido por ley
- Regulado por convenio colectivo
- Sujeto a IRPF y Seguridad Social
- Proporcional si no se trabaja año completo
Nota: Los cálculos son orientativos. Consulta siempre tu convenio colectivo específico para conocer las condiciones exactas de tus pagas extraordinarias.
Preguntas Frecuentes sobre Pagas Extraordinarias en España
¿Cómo calcular la paga extra de verano?
La paga extra de verano suele ser un mes de salario base (consulta tu convenio: algunos incluyen complementos o prorratean el devengo semestral). Si llevas menos de un año o tu devengo es parcial, aplica la proporción: salario base ÷ 12 × meses devengados. Se abona generalmente en junio o julio, antes del periodo vacacional.
¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?
El Estatuto de los Trabajadores garantiza una gratificación extraordinaria en Navidad, que la mayoría de convenios fijan antes del 22 de diciembre. Su importe habitual es un mes de salario base; si trabajaste solo parte del período de devengo, cobras la parte proporcional (por ejemplo, 6 meses devengados = 50% de la paga).
¿Cuántas pagas extraordinarias tienen los trabajadores en España?
Los trabajadores en España tienen derecho a dos pagas extraordinarias anuales: la paga de verano (antes del 30 de junio) y la paga de Navidad (antes del 22 de diciembre). Estas pagas están garantizadas por ley y reguladas en el Estatuto de los Trabajadores, aunque las condiciones específicas se detallan en cada convenio colectivo sectorial.
¿Cómo se calcula el importe de cada paga extraordinaria?
El importe se basa en el salario según convenio colectivo, que incluye el salario base más los complementos que específicamente establezca cada convenio (como antigüedad, nocturnidad, peligrosidad, etc.). Cada paga equivale normalmente a un mes de salario, aunque algunos convenios establecen importes diferentes. Si no se trabaja el año completo, se calcula proporcionalmente según los meses trabajados.
¿Se puede cobrar las pagas extraordinarias prorrateadas mensualmente?
Sí, es posible pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias en el contrato de trabajo o convenio colectivo. En este caso, se divide el importe anual de las dos pagas entre los 12 meses del año y se cobra una parte cada mes junto con el salario ordinario. Muchas empresas optan por esta modalidad para facilitar la gestión de tesorería.
¿Las pagas extraordinarias están sujetas a impuestos y cotizaciones?
Sí, las pagas extraordinarias están sujetas tanto al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) como a las cotizaciones de la Seguridad Social, igual que el salario ordinario. Se aplican las mismas retenciones fiscales y descuentos por cotizaciones sociales. Sin embargo, al cobrar un importe mayor de una vez, puede aplicarse una retención de IRPF más alta temporalmente.
¿Qué pasa si trabajo solo parte del año?
Si no trabajas el año completo (por incorporación tardía, baja por enfermedad, finalización de contrato, etc.), las pagas extraordinarias se calculan proporcionalmente. Se divide el importe de cada paga entre 12 meses y se multiplica por los meses efectivamente trabajados. Por ejemplo, si trabajas 8 meses, cobrarás 8/12 de cada paga extraordinaria que corresponda según las fechas.