IVA (Impuesto al Valor Agregado) - Tasa única del 13%
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto indirecto con tasa única del 13% que grava la transferencia de bienes muebles, importaciones y prestación de servicios en territorio salvadoreño. Es pagado por el consumidor final pero recaudado por las empresas registradas como contribuyentes del IVA.
Los principales exentos incluyen: medicamentos y productos farmacéuticos, alimentos de la canasta básica (arroz, frijoles, azúcar, aceite, leche), libros y material educativo, servicios médicos y hospitalarios, servicios educativos, seguros, servicios financieros, transporte público colectivo, y productos agropecuarios en estado natural.
Empresas con ventas mensuales superiores a $5,714.29 deben registrarse como contribuyentes del IVA. Deben emitir comprobantes de crédito fiscal (CCF) discriminando el IVA, llevar registros contables detallados, presentar declaraciones mensuales antes del día 10, y pagar la diferencia entre IVA débito (cobrado) e IVA crédito (pagado).
Sí, las empresas registradas pueden usar como crédito fiscal el IVA pagado en compras, gastos e importaciones relacionadas con su actividad gravada. Si el crédito supera el débito, pueden trasladar el remanente a períodos siguientes o solicitar devolución en casos específicos. Todos los comprobantes deben cumplir requisitos legales.
Las importaciones pagan IVA en la aduana al momento de nacionalizar las mercaderías. Las exportaciones están gravadas con tasa 0%, permitiendo recuperar el IVA pagado en insumos. Los servicios prestados en el exterior están exentos. Las maquilas tienen régimen especial de suspensión temporal del IVA en materias primas.